Grooming o ciberacoso sexual de menores en España

Imagen de una joven sufriendo ciberacoso

Qué es el grooming según el art. 183 CP

El grooming (o ciberacoso sexual de menores) es el acercamiento intencionado de un adulto a una persona menor de 16 años por medios tecnológicos con fines sexuales. El Código Penal castiga dos grandes escenarios:

  • Art. 183.1: cuando el adulto propone un encuentro y realiza actos materiales de acercamiento para concertarlo (aunque no llegue a producirse).
  • Art. 183.2: cuando el adulto embauca al menor para que le envíe imágenes o vídeos de carácter sexual o participe en actos de esa naturaleza a distancia.

En mi experiencia, un solo mensaje inequívoco puede acreditar el “acto material” si muestra logística real de encuentro (cita, lugar, franja horaria, medios de transporte) o pasos concretos para obtener material sexual.

183.1: concertar encuentro + actos materiales de acercamiento

En entorno digital, se consideran “actos materiales” conductas como: envío de ubicación en tiempo real, compra o reserva de billetes, facilitar dinero o cupones de transporte, proporcionar instrucciones para eludir a adultos, o derivar a videollamadas privadas con objetivo sexual explícito. No basta con la mera charla insinuante: debe verse el salto a la logística.

183.2: embaucar para obtener material pornográfico

Aquí el foco es la inducción al menor para que produzca y remita contenido sexual (imágenes, vídeos, stream). Hay delito incluso si el menor no llega a enviar nada: el embaucamiento serio y dirigido ya activa la respuesta penal.

Penas, agravantes y 183 bis (proximidad de edad y madurez)

Las penas varían según el tipo y pueden agravarse cuando median coacción, intimidación o engaño especialmente graves, cuando se emplean violencias, o si concurren otras circunstancias (reincidencia, pluralidad de víctimas, etc.).

Al revisar cada caso, no me quedo en la etiqueta del chat: analizo cómo se obtuvo el consentimiento aparente, si hubo presión psicológica o manipulación, y si el adulto se aprovechó de vulnerabilidades (edad, discapacidad, dependencia emocional).

El art. 183 bis prevé un tratamiento específico si hay proximidad de edad y grado de madurez entre las partes, lo que puede modular la respuesta penal en supuestos muy particulares (p. ej., diferencias de edad reducidas entre adolescentes).

Mitad superior por coacción, intimidación o engaño

Si el acercamiento incorpora amenazas, difusión de imágenes íntimas (“sextorsión”) o engaños organizados (suplantación de otro menor, perfiles falsos), la pena puede moverse en mitad superior. Este análisis exige individualizar conductas e impactos en la víctima.

Concursos con agresión sexual y pornografía infantil

No es raro que el grooming concurra con otros delitos:

  • Agresión sexual cuando se materializa el contacto o se fuerza un acto sexual.
  • Pornografía infantil (art. 189) cuando hay producción, tenencia, difusión o acceso a material con menores.

La clave es evitar solapamientos indebidos (castigar dos veces el mismo núcleo) y calificar con precisión cada conducta.

Actos materiales en entorno digital: ejemplos claros y prueba

Estos son indicadores forenses que, en mi práctica, han sido determinantes:

  • Chat + logística: mensajes con cita/lugar/horas, envío de QR de transporte o saldo.
  • Migración de canal: salto de red social a mensajería cifrada o videollamada privada con finalidad sexual.
  • Pedidos concretos: “pon la cámara así”, “envíame X hoy”, “ven sin móvil”, etc.
  • Trazas técnicas: metadatos de archivos, historial de videollamadas, registros de ubicación, huella de perfiles falsos.

Antes de denunciar, suelo pedir descargar y sellar conversaciones con fecha/hora y datos del perfil. Borrar chats o cerrar cuentas rompe la cadena de custodia y dificulta la protección del menor.

Chats, redes sociales y videojuegos: qué buscar en la evidencia

  • Identidad y persistencia del perfil del agresor (ID, alias, correo, número, IPs).
  • Secuencia temporal (cómo escaló la conversación).
  • Contenido sexual explícito o instrucciones para producirlo.
  • Pasarela de pagos/beneficios (regalos, skins, suscripciones, criptos).

Cadena de custodia y pericial tecnológica sin revictimizar

Se debe preservar: dispositivos, copias forenses con hash, y extracción de contenidos con pericial técnica. Para minimizar daño psicológico, limito accesos a material sensible, trabajo con equipos especializados y planifico entrevistas una sola vez con apoyo profesional.

Prevención y respuesta inmediata (familias y centros)

  • No confrontes tú a la persona sospechosa ni borres pruebas.
  • Guarda chats, capturas y listas de contactos; anota nicks y enlaces a perfiles.
  • Activa controles parentales y configura privacidad en redes/juegos.
  • Denuncia en unidades especializadas (Mossos/Policía/Guardia Civil) y busca apoyo jurídico.

He visto errores graves al borrar conversaciones “por vergüenza” o “para proteger al menor”. Comprendo el impulso, pero complica la causa y reduce margen de actuación.

Si buscas acompañamiento especializado y confidencial, puedes ampliar información en nuestro servicio de abogados especialistas en delitos contra la libertad e indemnidad sexuales, y conocer mejor a nuestro despacho penalista en Barcelona para valorar la estrategia más adecuada a tu caso.

Preguntas frecuentes

¿Basta un solo mensaje para que haya delito?

Sí, si ese mensaje evidencia intención sexual y configura un acto material de acercamiento (p. ej., cita concreta o instrucciones operativas).

¿Y si el menor “parece” consentir?

El consentimiento de menores de 16 años no neutraliza el tipo; además, suele ser fruto de engaño/manipulación.

¿Qué pasa si no hubo encuentro ni envío de imágenes?

Puede haber grooming consumado por acto material o embaucamiento serio con finalidad sexual, aunque no se logre el objetivo.

¿Se puede denunciar sin exponer al menor repetidamente?

Sí. Se planifica una entrevista única con apoyo técnico y psicológico, y se limita el acceso a material sensible para evitar revictimización.

Conclusión

El grooming se consuma antes de que exista contacto físico: basta con probar intención sexual y actos materiales o el embaucamiento para obtener material. Una estrategia eficaz conjuga preservación de evidencias, pericial tecnológica y un acompañamiento jurídico que proteja la integridad del menor. Si necesitas orientación inmediata, nuestro equipo puede ayudarte a preservar prueba y a activar diligencias con sensibilidad y rigor.