Corrupción
Financiación ilegal de partidos políticos:
Regulado en el art. 304 bis del Código Penal
Castiga con multa a quien reciba o entregue donaciones o aportaciones destinadas a un partido político, federación o coalición.
A la multa se le añadirá la prisión de 6 meses a 4 años cuando en determinados casos la donación recibida sobrepase la suma de 100.000€ o bien de 500.000€. Y la prisión irá de 1 a 5 años cuando una persona forme parte y participe en estructuras u organizaciones precisamente destinadas a la financiación de partidos políticos, federaciones, coaliciones.
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