Desobediencia, custodia y tráfico

Delitos contra la administración pública

Estos delitos resultan imputables (salvo en contadas excepciones) a autoridades y funcionarios públicos cuando, en el ejercicio de sus funciones, llevan a cabo determinadas conductas que se consideran perturbadoras del correcto funcionamiento de la Administración pública y las funciones que ésta está llamada a prestar. Popularmente conocidos como delitos de corrupción, entre los que sobresalen los delitos de cohecho, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos, guardan una estrecha vinculación con los nuevos delitos de financiación ilegal de partidos políticos.

Prevaricación de funcionarios públicos (art. 404 y siguientes del C. Penal):

Criminaliza la conducta de la autoridad o funcionario público que, conocedor de su injusticia, dicta una resolución arbitraria en un asunto de índole administrativa; proponer o nombrar para ocupar un cargo público a alguien en quien no concurran los requisitos legales; o aceptar la anterior propuesta. Las penas son multa, inhabilitación y suspensión de empleo.

Desobediencia y denegación de auxilio (art. 410 y siguientes del cp)

Cuando una autoridad o funcionario público se niegue de forma tajante a cumplir con resoluciones judiciales u otra autoridad superior (multa e inhabilitación); también cuando un funcionario público requerido por autoridad competente no preste el auxilio debido para la Administración de Justicia u otro servicio público.

Infidelidad en custodia de documentos y violación de secretos (art. 413 CP)

Se produce cuando una autoridad o funcionario público sustrae, destruye, inutiliza u oculta documentos que deba custodiar (prisión de 1 a 4 años y multa), o permite acceder a documentos secretos (multa), o revela secretos que conozca por su oficio o cargo y que no podían ser hechos públicos (multa), o aprovecha información privilegiada obtenida de autoridad o funcionario.

Cohecho (arts. 419 a 427 del CP)

Auténtico mascarón de proa de los delitos de corrupción, se condensa en la entrega o recepción de dádivas o regalos a una autoridad o funcionario público para que realice una determinada conducta irregular. Existen distintas modalidades (propio, impropio, activo o pasivo) según la perspectiva desde la que se enfoque (desde la del particular, del funcionario, o si la conducta consiste en solicitar, recibir o aceptar el regalo).

Las penas van de prisión de 3 a 6 años, o de 2 a 4, multa e inhabilitaciones.

Tráfico de influencias (art. 428 y siguientes del CP)

Se basa en que una autoridad o funcionario ejerza influencia en otro funcionario o autoridad valiéndose de una relación de prevalimiento sobre él, con el fin de conseguir una decisión que pueda beneficiar económicamente al primero o a una tercera persona. La pena va de 6 meses a 2 años, multa e inhabilitación. Como el resto de figuras delictivas, contiene submodalidades y subtipos agravados que requieren estar familiarizado con este conjunto de delitos para el diseño de una defensa viable y con posibilidades de éxito.

Malversación (art. 432 del CP)

Se contrae a administrar indebidamente el patrimonio público (pena de 6 meses a 2 años e inhabilitación), o a cometer apropiación indebida sobre el mismo. En los casos de mayor entidad las penas pueden alcanzar de 4 a 8 años.

Otras tipologías son los llamados fraudes y exacciones ilegales, así como las negociaciones prohibidas a los funcionarios públicos y los abusos de su función.

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