Cuando alguien me llama tras soplar y arrojar un resultado por encima de lo permitido, suele repetirse la misma pregunta: “¿Y ahora qué me va a pasar?”. Tranquilo: el juicio rápido por alcoholemia es un procedimiento ágil (art. 795 LECrim) y, bien gestionado, te permite reducir 1/3 la pena si hay conformidad. En Barcelona lo habitual es que todo arranque con Mossos d’Esquadra y termine en el juzgado de guardia de la Ciutat de la Justícia. Mi enfoque —el mismo que me ha ayudado a encadenar más de 100 absoluciones y a figurar en el Top-100 de Emérita Legal, y como mejor abogado de seguridad vial de Catalunya y segundo mejor de España— es muy simple: diagnóstico rápido de la prueba + estrategia clara (conformarse o litigar) + ejecución impecable el día de guardia.
Nota práctica: si necesitas un abogado penalista en Barcelona con respuesta inmediata, te atiendo yo personalmente.
¿Cuándo hay delito de alcoholemia y qué tasas lo activan? (art. 379.2 CP)
El delito se activa por dos vías:
- Tasa objetiva: superar 0,60 mg/l en aire espirado (equivale aprox. a 1,2 g/l en sangre).
- Conducción bajo la influencia, aunque no llegues a 0,60 (signos externos, conducción peligrosa, siniestro, negativa a pruebas…).
Sanción administrativa (no penal) si das entre 0,25 y 0,60 mg/l (general) o 0,15–0,60 mg/l (profesionales/noveles) sin síntomas de influencia.
Mi consejo: no te obsesiones con “bebí X copas”. Lo decisivo es la prueba técnica (etilómetro, su mantenimiento, certificados) y el parte policial. Varias de mis absoluciones llegaron porque el equipo no estaba verificado en plazo o se hicieron mal los tiempos entre la primera y segunda medición.
El circuito real del juicio rápido: de la prueba de alcoholemia a la conformidad (art. 795 LECrim)
Atestado, citación y qué llevar el día del juzgado de guardia
- Detención o citación en comisaría: declaración (aconsejo no declarar sin abogado), prueba de alcohol, entrega de cita.
- Atestado a juzgado de guardia (Barcelona: Ciutat de la Justícia).
- Día de guardia: se te ofrece conformidad con pena reducida 1/3.
- Sentencia en el acto si aceptas; si no, se deriva a juicio en días/semanas.
Qué llevar: DNI/pasaporte, permiso de conducir, contrato laboral (para valorar multas por días o TBC), justificantes médicos si los hubiera, y cualquier dato de dependencia del permiso (por trabajo o familia). Yo suelo añadir, si da tiempo, informes de empresa sobre horarios/relevancia del carnet: reduce el impacto de la retirada.
Margen de error del etilómetro y vías de impugnación
Los etilómetros tienen margen de error y obligaciones de verificación periódica. Si rozas el 0,60 mg/l, cada décima cuenta. Puntos que reviso siempre:
- Certificado de verificación del aparato y fecha.
- Intervalo entre las dos pruebas (debe respetarse).
- Observación previa del agente (síntomas, conducción).
- Cadena de custodia si hubo extracción de sangre.
- Invocación de la curva de alcoholemia, demostrando que en el momento del alto del vehículo aún no estaba por encima de los 0,60 mg/l.
He visto más de un caso caer por defectos formales o por no poder acreditar que el equipo estaba calibrado en fecha. Algún periodista lo llamó “magia procesal”; en realidad es técnica y detalle.
¿Conviene conformarse? Cómo funciona la reducción de 1/3
No soy partidario de las conformidades, me gusta luchar. Pero si el cliente lo prefiere, la conformidad puede ser adecuada cuando la prueba es sólida y el objetivo es minimizar daños (multa menor, retirada más corta, sustituir prisión por TBC). Sin embargo, no me conformo cuando:
- La tasa está en el filo (0,60–0,65) con dudas técnicas.
- Hay lesión de garantías (sin traducción, sin abogado, tiempos mal).
- El relato policial no encaja (ausencia de síntomas claros, conducción normal, etc.).
Ejemplo real (anonimizado): 0,63 mg/l, sin accidente, conductor profesional con necesidad del carnet. Impugnamos por verificación caducada + testigo presencial. Absolución.
Penas habituales: multa, TBC y retirada de carnet (con ejemplos)
En alcoholemia del art. 379.2 CP, el abanico típico —dependiendo de tasa, antecedentes y circunstancias— es:
- Multa: de 6 a 12 meses (se calcula en “cuotas” por día según tu capacidad económica).
- Trabajos en beneficio de la comunidad (TBC): 31 a 90 días.
- Prisión (poco frecuente en primera vez sin daños, sólo se pide en reincidentes o tasas muy elevadas): 3 a 6 meses.
- Privación del derecho a conducir: 1 a 4 años.
Primera alcoholemia vs. antecedentes: qué cambia
- Primera vez, sin siniestro: muchas veces se pacta multa + retirada corta (por ejemplo, 8–12 meses). Con conformidad, esa retirada puede bajar 1/3.
- Con antecedentes o siniestro: la horquilla sube. Aquí mi papel es contener la retirada y evitar prisión con TBC o multa reforzada, en caso de no lograr la absolución.
En mi experiencia, cuando demostramos arraigo laboral y necesidad del permiso, los juzgados de Barcelona escuchan propuestas proporcionadas (p. ej., TBC en lugar de multa elevada si la economía es ajustada).
Recuperar el permiso: curso y trámites ante DGT
Tras la retirada, hay que realizar un curso de sensibilización y reeducación vial y, en su caso, prueba teórica. Te doy la hoja de ruta: cuándo inscribirte, cómo coordinarlo con la fecha fin de retirada y qué hacer si te vuelven a citar antes de recuperar puntos.
Abogado en juicio rápido: por qué es obligatorio y qué hace por ti
La intervención de abogado es obligatoria. ¿Qué hago por ti en 24–48 h?
- Escaneo técnico del atestado y la prueba (etilómetro, tiempos, síntomas).
- Decisión estratégica: conformidad ventajosa (sólo si el cliente lo prefiere, nunca lo propongo yo) o pelea (mi preferencia).
- Negociación con Fiscalía ajustada a tus circunstancias (trabajo, familia, dependencia del carnet).
- Ejecución: que la sentencia recoja exactamente lo pactado y los plazos para cumplir sin sorpresas.
Mi metodología es de quirófano: análisis minucioso, consulta de peritos cuando hay duda técnica y comunicación clara. Quien me conoce subraya la transparencia y la confidencialidad; para mí, son innegociables.
Turno de oficio vs. abogado particular: tiempos y estrategia
El turno de oficio es una garantía del sistema y muchos compañeros hacen un gran trabajo. Con abogado particular puedo anticipar documentación, movilizar peritos y negociar con un dossier preparado (contratos, nóminas, justificantes, agenda de cursos DGT). Esa hora previa de preparación suele marcar la diferencia entre una retirada de 20 meses y otra de 12.
Cómo trabajamos en Barcelona (Mossos, Ciutat de la Justícia, plazos reales)
Con Mossos, insisto en revisar protocolos (observación, tiempos de espera, segunda prueba). En la Ciutat de la Justícia, la ventana para conformidad es breve: llegar con la estrategia cerrada evita decisiones precipitadas. Además, si el caso pasa a juicio, calendarizo pruebas (agentes, perito metrológico) y preparo tu declaración para que sea clara y creíble.
Preguntas frecuentes rápidas (FAQ)
¿Puedo negarme a soplar?
No. Negarte es otro delito (art. 383 CP) con penas serias. Si tienes dudas sobre el procedimiento (mareos, asma, etc.), se puede pedir extracción de sangre con garantías.
¿Cuánto tarda todo?
Si hay conformidad en guardia, sales con sentencia en el día. Si no, el juicio puede fijarse en unos meses.
¿Perderé mi trabajo si me retiran el carnet?
Depende del puesto. Yo suelo documentar dependencia del permiso y negociar retirada mínima o calendarios de cumplimiento que salven tu empleo.
¿Puedo cambiar multa por TBC o al revés?
Según tu situación económica y el caso, se puede proponer; lo hemos conseguido en numerosos procedimientos cuando hay coherencia con tu perfil.
Conclusión
Un juicio rápido por alcoholemia no tiene por qué arruinarte el año si llegas bien defendido al juzgado de guardia. Mi receta —diagnóstico técnico del etilómetro, estrategia realista y negociación precisa— es la que me ha permitido encadenar absoluciones y resoluciones favorables. Si te ha pasado en Barcelona, hablemos hoy y saldrás del juzgado sabiendo exactamente qué firmar… o por qué no firmar.
