El abogado penalista David Sans Acuña, quien desde el pasado mes de junio asume la defensa del Sr. ALBERT CAVALLÉ ORTÍN, popularmente conocido como “el estafador del amor”, ha conseguido la absolución de su cliente en el juicio celebrado el pasado día 14 de octubre de 2019 en los Juzgados de Barcelona. Los hechos se remontan al año 2017, cuando el Sr. Cavallé conoció a la denunciante a través de la red social de contactos BADOO en el mes de agosto de ese mismo año, manteniendo desde entonces una relación intermitente con ella, hasta que dejaron de verse durante un tiempo. Sin embargo, un año después, el acusado habría contactado de nuevo con la denunciante y haciéndose pasar por abogado le habría solicitado la compra de unos móviles de gama alta que le urgían para el desarrollo de su trabajo y que no podía adquirir en aquel momento al haber perdido toda su documentación y tarjetas, todo ello bajo la promesa de reembolsarle luego las cantidades abonadas en tal concepto. Una vez adquiridos por la denunciante ambos dispositivos móviles por una suma total de 1.965,80 eur y ser entregados al acusado, el Sr. Cavallé nunca le habría reembolsado el importe total tal y como, siempre según la denunciante, se había comprometido a realizar.
El Juzgado de lo Penal nº 25 de Barcelona, en sentencia dictada el 22 de octubre de 2019 dictamina que “parece que no hubo ningún engaño más allá de que el acusado le dijera que era abogado y resultara no serio. El mentir sobre la profesión no parece engaño bastante, más teniendo en cuenta que se conocieron a través de una red social en la que no todo los que participan manifiestan la verdad en cuanto a sus circunstancias personales, muchas veces incluso respecto del nombre propio, sin que ello pueda calificarse de engaño a efectos de la estafa, sino de una simple mentira”. Y añade que “tampoco cabe apreciar engaño bastante y, en consecuencia, que el error sea imputable a la previa conducta engañosa del acusado, pudiendo haberse evitado de haber mantenido una mínima autoprotección o diligencia la denunciante”. En razón de todo ello, el Jugado dicta un fallo absolutorio con todos los pronunciamientos favorables para el Sr. Albert Cavallé Ortín.
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