Qué es la tentativa de homicidio

Persona sujetando un cuchillo

La tentativa de homicidio existe cuando alguien inicia la ejecución de matar a otra persona con intención de causar la muerte y el resultado no se produce por causas ajenas a su voluntad (intervención médica, fuga de la víctima, fallo del arma, irrupción de terceros…). Se apoya en los arts. 16 y 62 del Código Penal y se refiere al mismo tipo base del art. 138 CP (homicidio), pero sin resultado de muerte.

Elementos que deben acreditarse

  1. Dolo homicida (intención de matar): se infiere de datos objetivos (zona vital atacada, medio empleado, número e intensidad de golpes/acometidas/disparos, distancia, manifestaciones verbales, conducta posterior al ataque en el sentido de si pidió auxilio o se desentendió de la suerte de la víctima …).
  2. Actos de ejecución inequívocos: conductas directamente dirigidas a causar la muerte (apuñalar tórax/cuello, disparar a corta distancia, estrangulamiento mantenido, atropello intencional).
  3. No consumación por causa externa: el resultado se evita por factores ajenos al autor.

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Clases de tentativa

  • Inacabada: se empieza a ejecutar el delito pero no se realizan todos los actos necesarios (p. ej., un disparo fallido y rápida reducción).
  • Acabada: se ejecutan todos los actos idóneos para matar, y aun así la muerte no se produce por causas externas (p. ej., herida letal salvada por cirugía urgente).

Tentativa de homicidio vs. lesiones graves

  • Finalidad: en lesiones se busca dañar a una persona, en tentativa de homicidio, matar.
  • Medios y zonas vitales: armas con capacidad letal y ataque a áreas críticas refuerzan el propósito homicida.
  • Contexto: persistencia en el ataque, impedir auxilio, ataque acompañado de expresiones amenazantes reveladoras de la intención de matar, etc.

Si concurren alevosía, precio/promesa o ensañamiento, la calificación pasa a tentativa de asesinato (misma lógica de tentativa, con agravantes propias).

Penas

  • Homicidio consumado: 10 a 15 años (art. 138 CP).
  • Tentativa: pena inferior en uno o dos grados (art. 62 CP), según:
    • Proximidad a la consumación (acabada vs. inacabada).
    • Peligrosidad del medio empleado y entidad del ataque.
    • Agravantes/atenuantes (embriaguez no plena, reparación, dilaciones, etc.).
  • En tentativa de asesinato, también uno o dos grados menos respecto del asesinato consumado.

Desistimiento y eximentes

  • Desistimiento voluntario (art. 16.2 CP): si el autor cesa por voluntad propia y evita el resultado, no hay responsabilidad por tentativa, aunque sí por las lesiones causadas.
  • Legítima defensa, estado de necesidad, miedo insuperable: pueden eximir o atenuar si concurren requisitos.

Prueba y estrategia de defensa

  • Pericial médico-forense: trayectorias, profundidad y potencial letal de las lesiones.
  • Reconstrucción técnica: distancias, dinámica, huellas, tiempos.
  • Análisis del arma/medio: capacidad letal real, número de acciones, fallos.
  • Calificación alternativa: discusión de dolo homicida frente a lesiones cuando proceda.
  • Atenuantes y conformidad: explorar la mejor salida procesal.

Asesoramiento especializado

La frontera entre lesiones graves y tentativa de homicidio suele decidirse por prueba pericial y calificación jurídica: puede suponer años de diferencia en la pena. Si necesitas una revisión técnica del caso, puedes ver nuestros servicios de defensa en delitos contra la vida y solicitar una valoración inicial.